Este artículo será publicado en la Revista
Pedagogía, Vol. 36, año 2002.
Anita
Yudkin Suliveres,
Nellie
Zambrana Ortiz
y
Anaida Pascual Morán[1]
Facultad
de Educación
Universidad
de Puerto Rico
Recinto de
Río Piedras
Educación en derechos humanos y derechos de la niñez:
Herramientas
en la construcción de una cultura de paz
La educación en
derechos humanos: una herramienta de posibilidad
A diario vemos en la prensa noticias
que nos conmueven por lo que comunican sobre la violencia y deshumanización que
nos acechan en nuestro entorno nacional e internacional. Vemos cómo las niñas y
los niños viven día a día la violencia y cómo, en algunos casos, la imparten.
Estamos ante un gran desafío que nos lleva a serias interrogantes: ¿Qué papel
puede y debe jugar la educación en construir una sociedad de mayor equidad y
posibilidad para nuestra niñez? ¿Cómo aportar, por medio de la educación, a
frenar la espiral de violencias y contraviolencias, a combatir la inacción y la
desesperanza? ¿Cómo educar para que las niñas y los niños conozcan y reclamen
sus derechos y defiendan los de los demás? ¿Cómo entender y salvaguardar el
fino y delicado balance entre derechos y deberes? ¿Cómo educar para que las
personas adultas respeten y potencien estos derechos? ¿Cómo crear la escuela
que eduque para el respeto a los derechos humanos y fomente el crecimiento
integral de nuestra niñez, así como su participación transformadora en la
sociedad?
Guiadas
por estas inquietudes, varias educadoras y educadores en Puerto Rico hemos
encontrado en la educación en derechos humanos una herramienta de posibilidad.
Nos hemos enriquecido del movimiento educativo mundial amplio, liderado por
varias organizaciones no gubernamentales como la UNESCO, UNICEF y Amnistía
Internacional. Tomamos la Convención Internacional de los Derechos de la
Niñez, proclamada por la Organización de las Naciones
Unidas en 1989, como instrumento y guía de acción. Asumimos como objetivo central la promoción y defensa de los
derechos de la niñez y la educación en derechos humanos como responsabilidad.
Entendemos
que debemos educar para que la niñez conozca las vías y mecanismos de la
democracia para ejercer sus derechos. Tenemos la firme convicción de que para
promover una cultura de paz, es necesario que cada niño
y niña sepa cuáles son sus derechos y los medios que existen para protegerlos -
los suyos y los de los demás. También consideramos imprescindible que cada
adulto conozca y respete estos derechos, desde todas las ubicaciones posibles:
estudiantes, maestros, maestras, directores, padres y madres. Este trabajo lo
hemos venido haciendo por más de una década desde la universidad, en escuelas,
en comunidades y en nuestros hogares - reconociendo que queda todo por hacer,
sobretodo cuando asumimos el enorme reto de construir una cultura de paz.
La
educación en derechos humanos es un área prioritaria dentro del campo más
amplio de la educación para la paz (Lederach, 2000; Seminario de Educación para
la Paz, 1994). En la educación para la paz, el acto educativo se entiende como
un proceso activo-creativo en el que sus participantes son protagonistas vivos
de superación y transformación. Se entiende la paz como un proceso que se
construye mediante la lucha contra la violencia en todas sus manifestaciones;
mientras se trabaja por la justicia, la equidad, la libertad y el respeto pleno
de los derechos humanos.
La
educación para la paz propone postulados como los siguientes: educar desde
y para la no violencia; educar contra el conformismo y para la justa
desobediencia; educar para entender el conflicto como vehículo de cambio;
educar para una nueva sensibilidad ética hacia los derechos de cada persona. Es
una forma particular de educación en valores, que asume como prioritarios la
dignidad de toda y todo ser humano, la libertad como compromiso, la democracia
como esencial y la solidaridad como un proyecto de vida. Cuestiona y problematiza aquellos
valores y acciones que le son contrarios, tales como la discriminación, la
intolerancia, el etnocentrismo, la indiferencia, la violencia directa y la
violencia estructural. Nos señala
en este sentido Xesús Jares:
En
un sentido negativo, la paz es antitética a la vulneración de los derechos
humanos: no puede haber paz mientras haya relaciones de dominio, mientras una
raza domine a otra, mientras un pueblo, una nación o un sexo desprecie al otro
(2000, 49).
La educación en
derechos humanos, como componente de la educación para la paz, tiene como
prioridad un mundo sin violaciones a los derechos humanos (Flowers, 1998;
Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 1994, 1998; Jares, 2000). Parte
del reconocimiento que todas y todos tenemos el mismo derecho a la libertad, la
justicia y la igualdad; así como la responsabilidad de asegurar que estos
derechos fundamentales sean respetados.
La promoción y protección de los derechos humanos, depende, en gran
medida, de que las personas los conozcan. En el caso de la niñez, de que se
apropien de los mismos y participen en su consecución.
La
educación en derechos humanos puede ser definida como el conjunto de
actividades formativas cuya
finalidad es contribuir a la comprensión de los derechos humanos y a fomentar
valores, actitudes y comportamientos favorables a la vigencia y respeto de los
mismos (United Nations, 1994). Busca promover sujetos de derechos
y posibilitar así eventualmente la participación democrática real. Es una
filosofía ética de reconocimiento de los derechos humanos y una práctica
cotidiana de respeto, defensa y promoción de los mismos. Es elemento esencial
en la construcción de una cultura de paz, porque
su lucha no violenta contra toda violencia, es requisito para la construcción
de la justicia solidaria, fundamento a su vez de la verdadera paz.
La educación en derechos humanos
abarca prácticas pedagógicas y curriculares que llevan a la construcción de una
cultura universal de derechos humanos. A su vez, reconoce la necesidad de crear
espacios discursivos y prácticos sobre y para la paz en todo
contexto histórico, político, social y cultural. Constituye una opción
preferencial y necesaria para entender cómo se ubican todos los aspectos de
nuestra vida, y la vida de los demás, en el mundo en que tenemos que vivir y
articular nuestras diferencias y nuestra diversa humanidad. Nos señala Jares al
respecto:
La
cuestión está en saber si aceptamos unos principios universales,
consustanciales al ser humano - sin ningún tipo de distinción, bien sea por
raza, sexo, cultura - que al mismo tiempo no niegue las necesidades y
particularidades, pero que estas, a su vez, no sean contradictorias con los
anteriores principios. . . . La diferencia cultural nunca puede ser vista como
dificultad, sino como enriquecimiento desde el punto de vista
intercultural. Pero la diferencia
o la diversidad no tienen nada que ver con la desigualdad, al igual que la
universalidad no significa uniformidad (2000,
30).
Venimos por ende
llamadas y llamados a construir formas productivas de convivencia humana, a
partir de lo que es y ha sido nuestra cultura; aquella mediante la cual hemos
construido nuestros significados del mundo y nuestra historia compartida.
La participación activa ciudadana
para la defensa de los derechos humanos también requiere que veamos nuestras
responsabilidades totalmente alineadas con nuestros derechos. De aquí, que no
se pueda conceptuar un derecho sin que se concretice en acción junto y hacia
otras y otros. De aquí también, la responsabilidad de respetar el derecho
ajeno; de otra manera, estaríamos negándonos a nosotras y nosotros mismos. Por
ello afirmamos que educamos en, sobre y para los derechos - en una acción
recíproca de responsabilidad. En este sentido, compartimos el pensar hostosiano
que afirma el binomio derecho/deber como elemento central en la moral-social :
“derecho lastimado en uno [o una], es derecho lastimado en todos [y todas]”.
El
respeto de los derechos humanos no está garantizado por la norma jurídica que
los protege, sino ante todo, por la medida en que estos derechos son
internalizados y practicados. En este sentido, Nélida Céspedes Rossel nos
señala:
En el camino de llevar efectivamente los derechos humanos a
la vida cotidiana, y no sólo desde el avance de las normas, la educación como
derecho - y la educación en derechos humanos en particular - se impone como una
gran necesidad y aspiración (1997, 11).
La educación es
herramienta vital que permite movernos de la intención ética a la acción real.
Constituye una vía que posibilita el que los derechos se aprendan, se ejerzan y
se conviertan en una forma de vida. En el caso de los derechos de la niñez,
Joel Spring (2000) señala que es el derecho a la educación, el que
concretiza todos los demás derechos; siendo indispensable para posibilitar los
derechos a la participación y a la libertad.
La
educación en derechos humanos reta a toda educadora y educador a preguntarse
qué significan estos derechos; particularmente, los derechos de la niñez. Les
motiva a transformar su entendimiento en una acción informada e intencionada.
Dicha transformación exige repensar la escuela, su cultura educativa, su
organización y las actividades que allí se realizan (Bellany, 1999; Hammarberg,
1998; Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 1994, 1998; Jares, 2000;
Report of the International Conference, 1998). Exige crear una práctica
democrática que posibilite relaciones más horizontales entre los diferentes
miembros de la comunidad escolar. Requiere “asumir la educación como derecho
y los derechos humanos como práctica educativa” (Céspedes
Rossel, 1997, 11), convirtiendo el cómo se enseña en lo que se enseña. De
aquí, el llamado a la constante reflexión, acción y cuestionamiento en la
práctica - praxis problematizadora que abre las puertas día a día al diálogo y
a la generación de ideas capaces de mejorar sustancialmente aquello que por
vocación y convicción hemos decidido hacer: educar.
Se
reconoce como indispensable atender pedagógica y curricularmente el componente
socio-afectivo en su interrelación con la construcción del conocimiento, al
promover competencias y fortalezas que posibilitan el potencial humano. Asume como su función primordial “ “forjar
personas con identidad y autoestima, respetuosas de sí y de los otros [y
otras], en adecuada interrelación con su entorno y su cultura” (Céspedes
Rossel, 1997, 7). Se basa en competencias que posibilitan la acción y
participación de la niñez en y sobre su entorno. Implica asumir
una visión protagónica distinta de las niñas y los niños como sujetos
sociales, en lugar de simplemente como objetos de
protección. Señala el papel crucial del mundo adulto en
proveer las redes de apoyo necesarias para este desarrollo, y a la comunidad
escolar como responsable de no darle la espalda a las realidades y aspiraciones
de sus estudiantes. Requiere que abandonemos nuestros prejuicios y visiones
limitantes de la niñez, especialmente de aquella que vive en la pobreza y
marginación. Afirma que es preciso trabajar desde la vida de las niñas y los
niños.
En
cuanto al currículo, la educación en derechos humanos ha sido pionera,
cuestionando la división convencional disciplinaria del mismo y promoviendo una
visión ética integradora y transdisciplinaria del aprendizaje (Jares, 2000;
Magendzo, 1996). Propicia la integración de contenidos relevantes a la
promoción y apropiación de los derechos de manera transversal en el currículo,
a manera de problemas-retos a estudiarse en sus múltiples dimensiones (Céspedes
Rossel, 1997; Instituto
Interamericano de Derechos Humanos, 1994; Jares, 2000).
A
tales fines, propone un diseño abierto y problematizador que gira en torno a
los intereses, las realidades, las fortalezas, las necesidades y las
aspiraciones de los aprendices.
Ejemplos de algunos temas generadores o ejes problematizadores podrían ser: la
identidad, la responsabilidad, la diferencia e igualdad, la equidad por género,
la discriminación y los prejuicios, la protección del medio ambiente y la
lectura crítica de los medios de comunicación.
En
la educación en derechos humanos se comparte la visión constructivista que
propone al estudiante como centro y entiende el aprendizaje como un proceso
activo de construcción de significados. En este “construir”, los contenidos a
estudiarse, así como las estrategias o actividades para explorarlos, deben
adecuarse al nivel de desarrollo de las niñas y los niños, a la vez que los
potencian al máximo. Sobre todo, deben ser relevantes a su realidad presente y
al futuro previsible.
A
tenor con esta visión, se reconocen las artes, el juego y el potencial creador
como elementos medulares en el currículo. Las actividades que se realizan
tienen que ser dinámicas y participativas, de manera que posibiliten la
comprensión y acción a favor de los derechos humanos (Amnistía Internacional,
Sección Méxicana, 1997; Cascón Soriano & Martín Beristain, 2000; Flowers,
1998; Pascual Morán, 1993). Es así, como el aprendizaje comienza a partir de un
marco de referencia personalizado y pertinente - desde cada estudiante - y se
amplía con su participación activa, convirtiéndose en aprendizaje para la
vida.
Tomando
la educación en derechos humanos como punto de partida, en el Proyecto
Educando para la Libertad de la Sección de Puerto Rico de
Amnistía Internacional, desde inicios de los 90’s hemos asumido como aspiración
central garantizarle a las niñas y los niños una educación de acuerdo con sus
derechos. Una educación que refleje los artículos 28 y 29 de la Convención
de los Derechos de la Niñez (1989) que sintetizamos de
la siguiente manera:
Tienes
derecho a una educación que te permita desarrollar al máximo tu potencial, eso
es, tu personalidad, tus capacidades y talentos, para que así seas una persona
independiente y feliz. Además, esta educación deberá promover en ti el respeto
a los diversos valores nacionales y culturales, al medio ambiente, a la
libertad y a la paz (Pascual Morán, 1993).
Nuestra
labor educativa ha estado enmarcada en una serie de lineamientos conceptuales y
curriculares. Pascual Morán (1993, 1999) ha concretizado y expresado los
mismos, que elaboramos a continuación.
No
basta con que eduquemos en o sobre los derechos humanos. Este enfoque es insuficiente. Es
necesario educar para los derechos humanos, dándole atención tanto a
contenidos conceptuales claves, como a valores y mecanismos de acción que
permiten el ejercicio y la defensa de los derechos. Una concepción amplia de la
educación en y para los derechos humanos presupone la promoción
de la paz, el desarrollo sostenible y la justicia como fines prioritarios.
Los
derechos humanos forman un todo indisoluble. No es
posible respetar unos derechos si atentamos contra otros - sean estos
políticos, civiles, económicos, sociales o culturales. Es necesario mantener un
balance entre derechos y deberes, a través de una conciencia de
responsabilidades. Debemos acordarle a las niñas y a los niños, que al igual
que tienen derechos, también tienen deberes para consigo mismos,
su familia, sus amistades, su escuela, su comunidad, su patria y la
humanidad. Y hacerles
conscientes de que su bienestar
personal no puede prosperar si
otros sufren discriminación,
marginación, maltrato, hambre, deterioro
ecológico e injusticia
social.
No
educamos con palabras sino, sobretodo, con acciones. La mejor enseñanza que podemos ofrecer
sobre los derechos es practicarlos. Sería contradictorio que le habláramos a
las niñas y a los niños de derechos a la vez que nos
comportamos de maneras autoritarias, antidemocráticas y violentas. Es crucial que el mensaje
educativo esté reflejado en nuestra propia manera de enseñar.
Debemos
siempre darle vida y significado a la educación en y para los derechos humanos.
Ello requiere que expliquemos los motivos que inspiran cada artículo con
ejemplos de la vida real que provocaron que este principio se elaborara. Cada niña y niño deberá repensar éstos
principios en su lenguaje auténtico, sentirlos, apropiarse de ellos,
expresarlos y vivirlos y si fuera necesario, cuestionarlos a la luz de las
contradicciones que puedan resultar - si aspiramos que deriven algo más que un
mero conocimiento.
Toda
la historia de los derechos humanos ha sido el gradual reconocimiento de la
dignidad y el valor de los seres humanos y los pueblos.
Es esencial relatarles esta historia, como una sucesión de esfuerzos valientes
por definir esta dignidad y valor. De manera que se percaten con claridad de
que estos intentos continúan hoy y continuarán siempre. Es necesario también, destacar el valor de los
documentos internacionales y
nacionales - declaraciones, normas y convenios - que han emanado de esta
historia.
Los
derechos humanos no son neutrales. Debemos hacerles conscientes de que los
derechos requieren que asumamos posturas. Más aún, que a la vez que exigen
ciertos valores y actitudes, rechazan y censuran otros. Debemos fomentar que autodescubran, construyan y reconstruyan el
conocimiento. También, nuestra honestidad intelectual y respeto hacia cada niña
y niño, exige que no permanezcamos neutrales en el análisis.
Las
condiciones de abundancia o escasez no determinan las violaciones de derechos
humanos. No podemos pensar que apenas hay respeto por
los derechos de la niñez en situaciones de pobreza en su hogar , comunidad o
país. O que, por el contrario, no hay violaciones en medio de la abundancia.
Sociedad alguna - opulenta o pobre - tiene el monopolio de respeto o falta de respeto hacia estos derechos.
No
debemos subestimar su capacidad de reflexión. No
debemos subestimar el potencial reflexivo que tiene cada niña y niño - y
causarle aburrimiento. Tampoco apresurarle demasiado - y provocarle ansiedad.
Todas y todos reflexionamos sobre cuestiones de derechos humanos. Además, las
niñas y los niños tienen mucha más capacidad para profundizar sobre temas de
esta naturaleza de la que acostumbramos suponer.
Debemos
evitar identificar a una niña o un niño como “víctima”. Al trabajar con niñas y niños cuyos
derechos han sido violados, debemos hacerles conscientes de sus derechos y de
que no tienen culpa alguna de los sucedido. También debemos evitar tratarles
como “víctimas” sin posibilidad de recuperación, afectando su autoestima y su
proceso de rehabilitación - el cual requiere mantener viva la esperanza y un
sentido de superación y lucha.
A
los más pequeños debemos potenciarlos en sentimientos.
Las niñas y los niños, desde temprana edad, puedan estimar y expresar su propio
valor y el de las demás personas. Sobretodo, en términos de sentimientos de
confianza, tolerancia y solidaridad - pilares de la educación en derechos
humanos.
A
los mayores debemos potenciarlos en conocimientos.
Además de en sentimientos, debemos propiciar que los de mayor edad y los
adolescentes construyan significados - a partir de conocimientos sobre los
derechos humanos - que les capaciten para la reflexión más profunda. Esta
reflexión a su vez, propiciará su participación, autogestión y acción en
asuntos de actualidad.
Las
artes y los lenguajes expresivos son recursos valiosos y vitales en la
enseñanza en y para los derechos humanos. Las
niñas y los niños captan fácilmente los contenidos y las moralejas de los
cuentos y recuerdan con viveza hazañas y aventuras de sus personajes favoritos.
La poesía es una especie de juego enmarcado en su imaginación y fantasía, que a
la vez estimula sus sentidos, afina sus percepciones y le ayuda a interpretar
su realidad. Las artes plásticas
son una enorme fuente de disfrute estético que estimula su potencial creativo a
través de una atmósfera de enriquecimiento y libre expresión (Matos Freire,
1989).
La
exploración y la reflexión les habilita para investigar y crear a favor de los
derechos humanos. Las experiencias de exploración
y reflexión potencian a las niñas y los niños para aquella investigación y
creación consciente que propicia el respeto por los derechos humanos. Les
permite apropiarse de aquellos conocimientos y sentimientos que a su vez son
capaces de llevarles a acciones para transformar la realidad.
Las
actividades de simulación y de juego tienen un significado especial en la
enseñanza en y para los derechos humanos. El
recrear historias, la representación de roles y otras actividades lúdicas son
experiencias participativas e imaginativas a través de las cuales se conoce la
realidad. En casos de conflictos reales críticos, las niñas y los niños se
pueden distanciar con más confianza del conflicto para representarlo. Estas
actividades - siempre y cuando no sean de naturaleza bélica ni competitiva - se
prestan para crear un ambiente y espíritu de confianza, cooperación y equidad.
Las
controversias e interrogantes son vitales en la educación en y para los
derechos humanos. Constituyen fuentes
inagotables para la resolución pacífica de conflictos y la mediación. Son ejes
dialógicos idóneos y puntos de partida fértiles para la problematización
del estudio de los derechos humanos.
Los
recursos educativos más valiosos y creativos son las propias ideas,
sentimientos y vivencias de las niñas y los niños.
Por ello, es imprescindible contextualizar la educación en derechos humanos en
sus diversos entornos. Sobre todo, en términos de la realidad histórica y
cultural de cada cual, sus intereses, sus potencialidades, sus problemas y las
necesidades de su familia, su comunidad y su país.
La
verdadera labor pedagógica en derechos humanos es de naturaleza ética. Por esta
razón, debe ser cónsona con los principios descritos y partir del compromiso
revolucionario de amar, respetar y vivir estos derechos en el contexto nacional
e internacional. Se hace necesario por ende, articular agendas de trabajo
individuales y colectivas coherentes con el deseo y convicción de potenciar la
humanidad puertorriqueña. Para lograrlo, será necesario posibilitar los
derechos de la niñez y la juventud a la supervivencia, la protección, el
crecimiento y la participación - de manera que estos derechos se vivan día a
día.
En
última instancia... ¿A qué debemos aspirar? A que las niñas y los niños se apropien
del conocimiento, tomen conciencia de sus derechos y estén dispuestos a
ejercerlos. A que unan su sentir, pensar y hacer en una interpretación y
transformación de la realidad. A que sus derechos se conviertan en una práctica
cotidiana en el hogar, la escuela y la comunidad.
Queda
ante nosotras y nosotros los adultos el gran reto. Articular nuestras prácticas
educativas a un acercamiento ético que privilegie una cultura de derechos
humanos. Solo de esta manera nuestra niñez será capaz de, en palabras de
nuestra insigne educadora Isabel Freire de Matos… gozar de sus derechos e
integrar la paz a la libertad.
Amnistía
Internacional, Sección Mexicana (1997).
La zanahoria: Manual de educación en derechos humanos. México: Autor.
Bellamy,
C. (1999). Estado mundial de la infancia 1999:
Educación.
Nueva York: UNICEF.
Cascón
Soriano, P. & Martín Beristain, C.
(2000). La alternativa
del juego: Juegos y dinámicas de educación para la paz
(12va ed.). Madrid: Catarata.
Céspedes
Rossel, N. (1997). La escuela y los derechos humanos de
las niñas y los niños. Lima,
Perú: TAREA.
Flowers, N. (ed.) Human rights here and now. Minneapolis, MN: Human Rights USA Resource Center.
Hammarberg,
T. (1998). A school for children with rights. Florence, Italy: International Child Development
Center-UNICEF.
Instituto
Interamericano de Derechos Humanos. (1998), Manual de educación en derechos humanos. San
José, Costa Rica: Autor.
Instituto
Interamericano de Derechos Humanos (1994). Educación en derechos humanos: Texto autoformativo. San José, Costa Rica: Autor.
Jares,
X. (2000). Educación y derechos humanos. Madrid: Editorial Popular.
Lederach,
J. P. (2000). El abecé de la
paz y los conflictos. Madrid: Catarata.
Magendzo,
A. (1996). Currículum, educación para la
democracia en la modernidad. Santiago, Chile: Programa Interdisciplinario de
Investigación en Educación (PIIE).
Matos
Freire, María Soledad (1989). Artes del lenguaje. Guía curricular para niñas
y niños de nivel primario. Documento inédito. San Juan,
Puerto Rico.
Organización
de las Naciones Unidas. (1989). Convención
de los derechos del niño. Nueva
York:Autor.
Pascual
Morán, A. (1993). ¡Nuestros
derechos! Serie infantil y juvenil. Río
Piedras, Puerto Rico: Sección de Puerto Rico, Amnistía Internacional.
Pascual
Morán, A. (1999). ¿Habrá que crecer con sinsabores y sin
ilusiones? Derechos de las niñas, niños y adolescentes: Opción preferencial en
la edificación de una cultura de paz. Revista Jurídica de la Universidad
Interamericana de Puerto Rico, 35 (2),
211-244.
Report of the International
Conference on Children’s Rights in Education (1998).
Copenhagen, Denmark: Ministry of Education.
Seminario
de Educación para la Paz y Asociación pro Derechos Humanos (1994). Educar para la paz: Una propuesta
posible.
Madrid: Autor.
Spring,
J. (2000). The universal right to education. Mahwah, NJ: Lawrence Erlbaum.
United Nations (1994), Plan for action for the United
Nations Decade for Human Rights Education 1995-2004. New York: Author.
[1]Las
tres autoras laboran en el Proyecto Educando para la Libertad
de la Sección de Puerto Rico de Amnistía Internacional. Anita Yudkin y Anaida Pascual son parte
del Comité Directivo de la Cátedra UNESCO de Educación para la Paz
del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico y ambas han servido
como coordinadoras de esta Cátedra.
[2]
Pensamiento de Isabel Freire de Matos, compartido con el Proyecto Educando
para la Libertad en ocasión del Segundo
Festival de los Derechos de la Niñez, San Juan,
Puerto Rico, 1994.